Impuesto a la Renta de las Personas Físicas
(IRPF)
Instructivo para completar el Formulario 3100
CIRCULAR DH / DPA Nro. 1/07
Sr. Jefe de Oficina
En el marco de la instrumentación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que entrará en vigencia el 1/7/07, se adjunta Formulario de “Declaración Informativa” Nro. 3100 de la Dirección General Impositiva, cuyo instructivo para su escrituración se encuentra al dorso del mismo.
Las disposiciones legales indican que los contribuyentes del IRPF, en este caso funcionarios de la ANEP, deberán efectuar anticipos mensuales del impuesto, a cuenta de la liquidación anual, estando a cargo del Organismo la retención correspondiente, en oportunidad de cada liquidación de sueldos.
SE RECOMIENDA EN FORMA PREVIA, LEER ATENTAMENTE EL CONTENIDO DEL FORMULARIO 3100 Y SU INSTRUCTIVO.
EN CASO DE QUE LOS FUNCIONARIOS REQUIERAN ASESORAMIENTO EN CUANTO A LA LIQUIDACIÓN PERSONAL DEL IMPUESTO, SE ENTIENDE APROPIADO SUGERIR LA CONCURRENCIA A LOS PUESTOS DE ASESORAMIENTO QUE EN TODO EL PAíS HA INSTALADO LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA.
El FORMULARIO 3100 deberá ser presentado por:
1. Aquellos funcionarios del Organismo que, a efectos de la liquidación del IRPF, registren, en el marco de la normativa dispuesta, deducciones por los siguientes conceptos:
Atención Médica de personas a cargo: según Rubro 2 del Instructivo DGI. En caso que el funcionario registre ingresos en más de una empresa, solo deberá declarar la persona a cargo en la empresa por la que opta realizar la deducción.
Deducciones de Profesionales: según Rubro 3 del Instructivo DGI.
2. Aquellos funcionarios del Organismo que cuenten con ingresos a través de diferentes empresas, cuya suma nominal - en dinero o en especie, regulares o extraordinarios - supere las 5 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) - Valor Actual $ 1.636 X 5 = $ 8.180.
En este caso, deberá marcar en el Rubro 4, si NO CORRESPONDE ANTE EL CEP LA APLICACIÓN DEL MINIMO NO IMPONIBLE DISPUESTO POR LA REGLAMENTACIÓN ($ 8.180 mensuales).
EJEMPLO: el funcionario trabaja en 2 empresas:
En el CEP gana $ 7.000.-
En XXX gana $ 8.000.-
Total Ingresos Nominales $ 15.000.-
El total de ingresos del funcionario por los dos empleos supera el mìnimo no imponible de $ 8.180.- (ingreso por debajo del cual no paga IRPF). Por lo tanto, el funcionario deberá optar en cual de las empresas no se deberá considerar el citado tope mínimo.
A TODOS LOS EFECTOS DE LA ESCRITURACIÓN DEL FORMULARIO 3100, CADA PROGRAMA DE LA ANEP DEBERÁ CONSIDERARSE COMO UNA EMPRESA DIFERENTE.
El formulario deberá presentarse en dos vías, debidamente firmadas (Rubro 6), debiendo el receptor, entregar una vía con firma y sello de la oficina.
Los formularios se recepcionarán:
1. En Montevideo: División Hacienda del Consejo de Educación Primaria, Juan Carlos Gómez 1314 Planta Baja – Sección Intervención Previa al Pago.
2. En el Interior: Inspección Departamental, Sección Contaduría.
PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DEL FORMULARIO INICIAL: 15/6/07. De presentarse fuera de la fecha indicada, las deducciones declaradas se efectuarán a partir del mes de cargo agosto / 07.
MODIFICACIONES POSTERIORES: toda vez que se produzcan alteraciones a los datos registrados en el formulario 3100, se deberá escriturar uno nuevo en las mismas condiciones establecidas precedentemente.
DECLARACIÓN JURADA ANUAL: al 31/12 de cada año, toda persona física que obtenga ingresos por más de una empresas (lo que incluye los diferentes Programas de la ANEP), deberá presentar su Declaración Jurada Personal, acumulando todos los ingresos del período.